Contrataciones para atender la inminencia o la ocurrencia de situaciones de emergencia o desastre
COMUNICADO N° 011-2026 EF/54.01 La Dirección General de Abastecimiento (DGA), ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento (SNA), exhorta a las entidades contratantes a evaluar oportunamente sus necesidades de abastecimiento frente a los peligros asociados al fenómeno de El Niño. En ese sentido, se recuerda que, en el marco de los artículos 40 y 55 de la Ley N.º 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, así como en el artículo 289 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 009-2025-EF, en adelante Reglamento, pueden utilizar el procedimiento de selección no competitivo por la causal de situación de emergencia , considerando las siguientes precisiones: VER GRAFICO En estos procedimientos de selección no competitivos, se puede contratar de manera inmediata y regularizar posteriormente la documentación prevista en el artículo 289 del Reglamento que, a la fecha de la contratación, no haya sido elaborada, aprobada o suscrita, según corresponda, así como efectuar su publicación, conforme a las condiciones y los plazos previstos en el mencionado artículo. Asimismo, puede revisar la Guía para el Abastecimiento en Situación de Emergencia en el siguiente enlace: https
Forfait Gratuit · Plus 29 $ CA ou Pro 99 $ CA/mois


